Hugo Lascarro Polo – Abogado laboralista
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La Reforma Laboral no solo incorporó nuevas licencias relacionadas con la familia, la salud o el cumplimiento de deberes legales. También abrió espacio para promover hábitos que benefician al trabajador, a las empresas y al medio ambiente. Uno de esos cambios consiste en permitir que quienes utilizan la bicicleta como medio de transporte puedan acordar con su empleador un día de descanso remunerado por cada seis meses de trabajo.
La medida tiene un propósito claro: incentivar una movilidad más sostenible sin imponer una obligación a las empresas. Aunque la norma parece sencilla, su aplicación plantea varias preguntas. ¿Quiénes pueden acceder al beneficio? ¿Es automático? ¿Qué debe acreditar el trabajador? Estas son las respuestas.
¿Qué establece la Reforma
Laboral?
El
artículo 15 de la Ley 2466 de 2025 modificó el numeral 6 del artículo 57 del
Código Sustantivo del Trabajo e incorporó un nuevo literal que dispone:
Los trabajadores regidos por el Código
Sustantivo del Trabajo podrán acordar con el empleador un (1) día de
descanso remunerado por cada seis (6) meses de trabajo, siempre que certifiquen
el uso de la bicicleta como medio de transporte para llegar y salir del lugar
de trabajo
La
primera precisión es importante. La norma utiliza la expresión "podrán
acordar", lo que significa que el beneficio no opera automáticamente.
Requiere un acuerdo entre trabajador y empleador.
La
segunda condición consiste en que el trabajador certifique que utiliza la
bicicleta para desplazarse tanto al ingresar como al salir del sitio de
trabajo.
Un
incentivo que tiene antecedentes legales
Esta
disposición no surgió de manera aislada. Su origen puede encontrarse en la Ley
1811 de 2016, expedida para promover el uso de la bicicleta como medio
principal de transporte en Colombia.
El artículo
1 de esa ley señala que su finalidad es incentivar el uso de la bicicleta,
aumentar los desplazamientos en este medio, contribuir a la mitigación del
impacto ambiental generado por los vehículos automotores y mejorar la movilidad
urbana. Desde entonces ya existía un incentivo laboral, pero únicamente para
los servidores públicos.
El artículo
5 de la Ley 1811 de 2016 estableció que los funcionarios públicos pueden
recibir medio día laboral libre remunerado por cada treinta ocasiones en que
certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta, con un máximo de ocho medios
días remunerados por año.
La Reforma
Laboral amplía esa política pública al sector privado, aunque bajo un esquema
diferente. Ya no se calcula por número de desplazamientos certificados, sino
mediante un día de descanso remunerado por cada seis meses de trabajo, siempre
que exista acuerdo con el empleador.
¿Qué deben tener en cuenta trabajadores y
empleadores?
Esta nueva
figura no puede interpretarse como un derecho absoluto a exigir el día de
descanso.
El propio
texto de la ley condiciona su reconocimiento al acuerdo entre las partes. Eso
significa que empleador y trabajador pueden definir aspectos como la forma de
acreditar el uso de la bicicleta, la oportunidad para disfrutar el descanso y
los mecanismos internos de verificación.
Por
ejemplo, una empresa podría establecer un formato de certificación, un registro
de ingreso o cualquier procedimiento objetivo que permita comprobar el
cumplimiento del requisito. Lo recomendable es que estas reglas queden
incorporadas en los reglamentos internos, políticas de bienestar o acuerdos
laborales. De esa forma se reducen interpretaciones distintas y se brinda
seguridad jurídica para ambas partes.
Un ejemplo
práctico ayuda a entenderlo. Si un trabajador utiliza la bicicleta diariamente
durante seis meses y la empresa cuenta con un sistema de registro que permite
verificar esa circunstancia, ambas partes podrán acordar el disfrute del día de
descanso remunerado en una fecha previamente definida.
Más
que un beneficio laboral, una apuesta por la movilidad sostenible
Esta
modificación refleja una tendencia que viene fortaleciéndose en diferentes
países: utilizar incentivos laborales para promover hábitos saludables y
reducir el impacto ambiental. El uso de la bicicleta disminuye la congestión
vehicular, reduce las emisiones contaminantes y favorece la actividad física de
quienes la utilizan de manera habitual.
Desde la perspectiva empresarial, también
puede integrarse dentro de los programas de bienestar laboral, sostenibilidad y
responsabilidad social, fortaleciendo la cultura organizacional sin perder de
vista las necesidades operativas de la empresa. No
se trata simplemente de otorgar un día libre. La finalidad de la norma consiste
en incentivar una forma distinta de movilidad que produce beneficios
individuales y colectivos.
Reflexión
final
La
incorporación de este incentivo demuestra que el Derecho Laboral también
evoluciona para responder a desafíos sociales y ambientales. La Reforma Laboral
no obliga a las empresas a conceder automáticamente un día de descanso por usar
bicicleta, pero sí crea un marco legal para que trabajadores y empleadores
puedan acordarlo.
Las
organizaciones que regulen adecuadamente este beneficio tendrán reglas claras
para su aplicación. Los trabajadores, por su parte, contarán con un incentivo
adicional para optar por un medio de transporte sostenible. Cuando las
relaciones laborales se construyen sobre acuerdos transparentes y reglas
conocidas, todos ganan: la empresa, el trabajador y la ciudad.
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