¿TE QUIEREN PAGAR EL SALARIO MÍNIMO “VIEJO” EN 2026? OJO: ESO ES ILEGAL



Autor

Hugo Lascarro Polo, especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.

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Si ganas el salario mínimo y tu empresa te dice que en 2026 te va a seguir pagando el sueldo de 2025, porque “el decreto está demandado”, detente un momento 🛑.
Eso no es una zona gris, no es una discusión técnica ni algo que dependa de lo que decida después un juez: eso es ilegal.

Y no lo digo desde la indignación, sino desde el derecho laboral más básico.

Para quienes viven del salario mínimo, cada peso cuenta. El arriendo, el mercado, el transporte y los servicios no esperan a que el Consejo de Estado decida una demanda.
Por eso, cuando una empresa comunica que pagará el salario “viejo” mientras se define una supuesta demanda, traslada el riesgo jurídico al trabajador, y eso el ordenamiento jurídico no lo permite.

⚖️ Por qué sí deben pagarte el salario mínimo de 2026

Voy por partes, en sencillo:

  • El decreto que fija el salario mínimo produce efectos desde el 1° de enero de cada año.
  • No necesita aval, ratificación ni “confirmación” del Consejo de Estado.
  • Mientras esté vigente, es obligatorio, así luego sea demandado.

👉 En Colombia, los decretos son obligatorios desde que entran en vigencia, no desde que un juez los “bendice”.

🚫 “Después pagamos el retroactivo”: por qué eso no arregla nada

Algunas empresas dicen:

“Si el decreto se mantiene, luego pagamos el retroactivo”.

Ese argumento no salva la ilegalidad.

📌 ¿Por qué?

Porque el salario es una obligación de pago oportuno, y cuando el empleador se retrasa, nace una sanción.

El Código Sustantivo del Trabajo es claro:
🕒 un día de salario por cada día de mora en el pago de salarios.

Es decir:

·       Desde el 1 de enero, si no pagan el salario mínimo reajustado,

·       empieza a correr la mora, día por día.

Pagar después no borra el incumplimiento.

🔒 Derechos laborales: no se renuncian (aunque lo firmes)

Hay algo todavía más grave.

Los derechos laborales son irrenunciables.
Eso significa que:

·       Ningún trabajador puede “aceptar” ganar menos del salario mínimo vigente.

·       Ningún memorando, correo o formato interno puede cambiar eso.

·       Aunque el trabajador firme, esa renuncia no vale jurídicamente.

Y esto aplica tanto para salario como para pensión.

🧠 Lo que realmente está pasando

Estos comunicados empresariales suelen apoyarse en el miedo o en la desinformación:

·       miedo a “perder el empleo”,

·       confusión jurídica,

·       o la idea de que “eso lo arreglamos después”.

Pero el derecho laboral existe justamente para evitar que el costo de la incertidumbre lo pague el trabajador.

Conclusión

Si devengas el salario mínimo:

·       Te deben pagar el salario mínimo de 2026 desde el primer pago de nómina.

·       🚫 No pueden escudarse en demandas que aún no se deciden.

·       ⚠️ No pagar el reajuste genera mora laboral, no una simple “espera”.

🗣️ Mi opinión personal

Este tipo de memorandos no solo son jurídicamente equivocados, sino socialmente irresponsables.
El salario mínimo no es un beneficio discrecional del empleador: es un piso de dignidad.

Si el decreto está vigente, se cumple.
El debate jurídico no puede resolverse a costa del bolsillo del trabajador.

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