⚖️ ¿SE PUEDE AUMENTAR UNA PENSI脫N DE SOBREVIVIENTES CUANDO MUERE O PIERDE EL DERECHO OTRO BENEFICIARIO?
Autor | Hugo Lascarro Polo, especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jur铆dico en redes sociales. |
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馃憠 S铆,
se puede. Y se llama acrecimiento pensional.
Pero no es autom谩tico, ni m谩gico, ni discrecional de la entidad. Tiene reglas
claras que muchos desconocen… y por eso pierden plata 馃捀.
Imagina
esto:
· Una persona fallece.
· La pensi贸n de sobrevivientes se reparte
entre su pareja y sus hijos.
· A帽os despu茅s, uno de los hijos cumple
25, empieza a trabajar o fallece.
· La
pensi贸n sigue igual
❌
· Nadie le explica al c贸nyuge
sobreviviente que su mesada debi贸 aumentar.
¿Te suena? A muchos les pasa y nunca
reclaman.
馃
¿Qu茅 dice la ley? (explicado sin vueltas)
El art铆culo 8 del Decreto 1889 de 1994
explica c贸mo se reparte la pensi贸n de sobrevivientes 馃憞
馃搶
Regla general:
- 50% para el c贸nyuge o compa帽ero(a)
permanente
- 50% para los hijos, repartido en partes
iguales 馃懆馃懇馃懅馃懄
馃搶
Si los hijos pierden el derecho:
馃憠 La pensi贸n pasa al 100% para el c贸nyuge.
馃搶
Si no hay c贸nyuge ni hijos:
馃憠 La reciben los padres.
Y, en 煤ltima opci贸n, hermanos inv谩lidos (seg煤n el r茅gimen).
馃搱 Entonces… ¿qu茅 es el acrecimiento
pensional?
Es simple:
馃敼 Si uno de los beneficiarios pierde el
derecho, su parte se reparte entre los que siguen con derecho.
Eso es el acrecimiento.
⚠️ Ojo: no es una nueva
pensi贸n, es un aumento de una pensi贸n que ya existe.
馃彌️ ¿Qu茅 ha dicho la Corte Suprema?
La Corte ha sido clara y consistente 馃憞
馃搶 CSJ SL2568-2021
El
acrecimiento no existe por s铆 solo.
Solo puede darse si ya hay una pensi贸n reconocida.
馃憠 No puedes pedir acrecimiento si nunca
te reconocieron la pensi贸n.
馃搶 CSJ SL3204-2023
Para que haya acrecimiento, se debe
probar:
✔️ Que se redujo el n煤mero
de beneficiarios
✔️ Que la
pensi贸n inicialmente estaba repartida
✔️ Que
el aumento respete los l铆mites legales
Y algo clave 馃憞
La norma busca proteger a la familia, no castigarla.
馃搼 ¿Qu茅 debo probar para que aumenten mi
pensi贸n?
Aqu铆 no hay presunciones. Hay prueba 馃搨
Seg煤n el art铆culo 167 del CGP,
la carga es del beneficiario que pide el aumento.
Debes demostrar, por ejemplo:
· 馃摐 Que el hijo cumpli贸 la edad l铆mite
· ⚰️ Que otro beneficiario falleci贸
· 馃毇 Que dej贸 de cumplir los requisitos
legales
Si no lo pruebas, la
entidad no aumenta nada.
馃棧️ Mi opini贸n personal
Este tipo de decisiones s铆
valen la pena.
El acrecimiento no es un “premio”, es justicia
b谩sica:
si ya no hay con qui茅n repartir, la pensi贸n debe ajustarse.
Lo preocupante no es la norma —que es
clara— sino que:
· Las entidades no informan
· Los beneficiarios no
saben
· Y el dinero se queda donde no debe
Por eso, en pensiones de sobrevivientes,
callarse
sale caro.
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