Autor | Hugo Lascarro Polo, especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales. |
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La
prórroga silenciosa que pocos entendieron (y que te puede afectar)
👉 Si trabajas en minería,
explosivos, sustancias tóxicas o actividades extremas, esta información puede
definir tu pensión.
Durante semanas muchos trabajadores escucharon lo mismo:
❌ “Ya no existe la pensión
especial de alto riesgo”.
❌ “Eso se acabó en 2024”.
❌ “Le toca pensionarse como
cualquiera”.
Pero la realidad jurídica es otra, y no entenderla puede costarte
años de trabajo y millones en tu pensión 💸.
📚
¿Qué pasó realmente con el régimen de alto riesgo?
Vamos por partes 👇
🔴 1. El punto de
partida: Decreto 2090 de 2003
Este decreto creó la pensión
especial anticipada de vejez para trabajadores en actividades
de alto
riesgo.
Permitía:
· Pensionarse con menos
edad
· A cambio de una cotización
especial adicional
🟠 2. La fecha crítica: 31 de
diciembre de 2024
El Decreto 2655
de 2014 había prorrogado el régimen solo hasta el 31
de diciembre de 2024.
📣 Desde el 1° de enero de 2025, formalmente
perdió vigencia.
Y ahí empezó el pánico…
🛡️
La protección transitoria: Resolución 6072 de 2024
Esta resolución fue clave (y muy
poco difundida):
✔️ ¿Qué dijo?
🔹 Los
trabajadores ya afiliados en actividades de alto riesgo siguen cobijados
🔹
Los empleadores deben seguir pagando la cotización especial + 10
puntos
🔹
Todo esto hasta
que se expida nueva regulación
📌 Artículos 4° y 6°, Resolución
6072 de 2024
Es decir:
⚠️
No
se cayó el régimen, entró en modo de transición.
🧱
El refuerzo jurídico: Decreto 1435 de 2025
Para cerrar la discusión, el Gobierno
expidió el Decreto
1435 de 2025, que fue claro:
🟢
Artículo 1°
👉 Se prorroga de
manera excepcional la vigencia del régimen especial de pensión
anticipada del Decreto 2090 de 2003
🕒
Hasta
que el Congreso expida la ley integral
📝 El decreto ordena que:
Dentro de los 12 meses siguientes, el Gobierno debe presentar el
proyecto de ley.
⏳ Ese término vence el 24 de
diciembre de 2026.
⚖️
¿Qué significa esto en la práctica?
✔️ El régimen no
murió, está prorrogado
✔️
Aplica para trabajadores ya afiliados
✔️
El empleador no puede dejar de pagar el recargo
✔️
Hay incertidumbre
legislativa, pero protección transitoria
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