⚠️ ¿SE ACABÓ LA PENSIÓN ESPECIAL POR TRABAJO DE ALTO RIESGO EN COLOMBIA?



Autor

Hugo Lascarro Polo, especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.

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La prórroga silenciosa que pocos entendieron (y que te puede afectar)

👉 Si trabajas en minería, explosivos, sustancias tóxicas o actividades extremas, esta información puede definir tu pensión.

Durante semanas muchos trabajadores escucharon lo mismo:

“Ya no existe la pensión especial de alto riesgo”.
“Eso se acabó en 2024”.
“Le toca pensionarse como cualquiera”.

Pero la realidad jurídica es otra, y no entenderla puede costarte años de trabajo y millones en tu pensión 💸.

📚 ¿Qué pasó realmente con el régimen de alto riesgo?

Vamos por partes 👇

🔴 1. El punto de partida: Decreto 2090 de 2003

Este decreto creó la pensión especial anticipada de vejez para trabajadores en actividades de alto riesgo.

Permitía:

·       Pensionarse con menos edad

·       A cambio de una cotización especial adicional

🟠 2. La fecha crítica: 31 de diciembre de 2024

El Decreto 2655 de 2014 había prorrogado el régimen solo hasta el 31 de diciembre de 2024.

📣 Desde el 1° de enero de 2025, formalmente perdió vigencia.

Y ahí empezó el pánico…

🛡️ La protección transitoria: Resolución 6072 de 2024

Esta resolución fue clave (y muy poco difundida):

✔️ ¿Qué dijo?

🔹 Los trabajadores ya afiliados en actividades de alto riesgo siguen cobijados
🔹 Los empleadores deben seguir pagando la cotización especial + 10 puntos
🔹 Todo esto hasta que se expida nueva regulación

📌 Artículos 4° y 6°, Resolución 6072 de 2024

Es decir:
⚠️ No se cayó el régimen, entró en modo de transición.

🧱 El refuerzo jurídico: Decreto 1435 de 2025

Para cerrar la discusión, el Gobierno expidió el Decreto 1435 de 2025, que fue claro:

🟢 Artículo 1°

👉 Se prorroga de manera excepcional la vigencia del régimen especial de pensión anticipada del Decreto 2090 de 2003
🕒 Hasta que el Congreso expida la ley integral

📝 El decreto ordena que:

Dentro de los 12 meses siguientes, el Gobierno debe presentar el proyecto de ley.

Ese término vence el 24 de diciembre de 2026.

️ ¿Qué significa esto en la práctica?

✔️ El régimen no murió, está prorrogado
✔️ Aplica para trabajadores ya afiliados
✔️ El empleador no puede dejar de pagar el recargo
✔️ Hay incertidumbre legislativa, pero protección transitoria

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