🚀 INTRODUCCIÓN
¿Te dijeron alguna vez
que “en familia no se cobra”? 😕
Miles de trabajadores en Colombia escucharon eso durante décadas… y perdieron
su derecho a cesantías, uno de los
pilares del trabajo digno.
Pero eso cambió. La Sentencia C-027 de 2024 de la Corte Constitucional marcó
un antes y un después:
👉 Si trabajas en una empresa familiar, también tienes derecho a cesantías.
Sin excusas. Sin excepciones. Sin abusos. 💪
⚖️ ¿QUÉ DECIDIÓ REALMENTE LA CORTE?
Durante
años, el artículo 251 del CST
permitía que las industrias puramente
familiares NO pagaran cesantías. La Corte dijo: ❌
esto viola la igualdad y la dignidad.
🟣 En palabras
sencillas:
Si trabajas con tu
familia, tu trabajo sigue siendo trabajo.
Ya no más excepciones
basadas en apellidos o vínculos familiares. 🙌
Hoy te explico qué cambió, por qué era injusto, cómo te afecta y cómo
reclamar lo que te pertenece.
🔍 EL PROBLEMA QUE DOLÍA
Antes de la
sentencia, un trabajador podía estar 10,
20 o 30 años en una panadería familiar o una ferretería del tío…
y salir con las manos vacías. 😡
Mientras la empresa sí se beneficiaba de su fuerza laboral.
🧨 LAS
RAZONES DE LA CORTE PARA TUMBAR LA EXCEPCIÓN
🟥 Violaba la
igualdad
🟥 Afectaba el derecho al trabajo digno
🟥 Desconocía mínimos irrenunciables
🟥 No era necesaria ni proporcional
➡️
En resumen: se sacrificaba al trabajador para “ayudar” a la empresa. Nada
justifica eso.
🛠️ ¿QUÉ CAMBIA PARA TRABAJADORES Y EMPRESAS?
✔️
Cesantías obligatorias en todas las empresas familiares
✔️ Protección a sectores históricamente excluidos
✔️ Empleadores deben ajustar contratos YA
Ejemplo real:
“Trabajé 8 años en el
negocio de mis papás, todos los días, horario fijo… pero me dijeron que como
era familia, no había cesantías”.
Hoy esa persona puede reclamar lo adeudado. 💥⚖
🧭 ¿QUÉ HACER SI ME PASA A MÍ?
☑️
Revisa tu realidad laboral
Si había horarios, subordinación y salario: ¡había relación laboral!
☑️
Exige tus certificaciones laborales
Sirven para probar tiempo, cargo y funciones.
☑️
Consulta aportes a fondos de cesantías
Desde 1991 deben consignarlas cada febrero.
☑️
Guarda pruebas
Chats, pagos, fotos trabajando… todo ayuda.
☑️
Solicita asesoría legal
Puedes recuperar años de cesantías no pagadas.️
📌
RECOMENDACIONES PRÁCTICAS
·
No firmes documentos donde renuncias a derechos ❌
·
Si ya no trabajas allí: aún puedes reclamar
retroactivos 🕘
· Si eres empleador: corrige antes de una demanda ⚠
🏁
CONCLUSIÓN
El trabajo familiar
también es trabajo.
Y la Constitución protege a la persona,
no al apellido.
La
Sentencia C-027 de 2024 es una
victoria silenciosa para miles de trabajadores invisibilizados en negocios de
familia.
📌 Recuerda: informarte es un derecho, reclamar es justicia. ⚖️💪
👨⚖️ ¿NECESITAS AYUDA CON TU CASO?
Soy abogado
laboralista ✍️
Puedo acompañarte en:
🔹
Reclamación de cesantías no pagadas
🔹 Demandas laborales individuales
🔹 Cálculo y reliquidación de prestaciones
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adecuarse a la ley
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