¿TE PUEDEN DEMANDAR DOS VECES POR LO MISMO?


Autor

Hugo Lascarro Poloespecialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.

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La cosa juzgada explicada sin enredos (art. 303 CGP)

👉 Perdiste un proceso, lo ganaste… y aun así te vuelven a demandar.
¿Eso es legal?
La respuesta corta: NO, si hay cosa juzgada.

Pero entender cuándo sí y cuándo no es clave para ciudadanos, abogados y litigantes.

🎯 INTRODUCCIÓN

Nada desgasta más que un pleito eterno.
El derecho no está hecho para que los conflictos nunca terminen.

Por eso existe la cosa juzgada:
una barrera jurídica contra demandas repetidas, abusivas o eternas.

📌 ¿QUÉ ES LA COSA JUZGADA?

El artículo 303 del Código General del Proceso establece que una sentencia ejecutoriada (en firme):

✔️ Es definitiva
✔️ Es obligatoria
✔️ No puede volver a discutirse
✔️ Ni siquiera por el mismo juez

📣 En palabras simples:

Lo que ya fue decidido por la justicia, no se vuelve a juzgar.

🔒 ¿CUÁNDO OPERA LA COSA JUZGADA?

La famosa “triple identidad” 👇

Para que exista cosa juzgada deben cumplirse los tres requisitos al mismo tiempo:

1️ Identidad de objeto

🧩 ¿Qué se pide?

Existe cuando en el nuevo proceso se reclama lo mismo que ya se reclamó antes.

📍 Ejemplo:

·       Proceso 1: se pide pensión de sobrevivientes.

·       Proceso 2: se vuelve a pedir la misma pensión, por el mismo fallecido.

👉 Mismo objeto.

2️ Identidad de causa

📚 ¿Por qué se pide?

Se presenta cuando la demanda se fundamenta en:

·       Los mismos hechos

·       O la misma causa jurídica

📍 Ejemplo:

·       Ambos procesos se basan en la misma relación laboral o en el mismo contrato.

👉 Misma causa.

3️ Identidad jurídica de partes

👥 ¿Quiénes intervienen?

No se trata solo de las mismas personas “de nombre”, sino de su calidad jurídica.

Incluye:

·       Las mismas partes del proceso anterior.

·       Sus herederos.

·       Sus causahabientes (quien adquiere el derecho después).

⚠️ La ley evita trampas como:

“Le cedo el derecho a otro para volver a demandar”.

🛑 ¿PARA QUÉ SIRVE REALMENTE LA COSA JUZGADA?

La Corte Suprema lo ha dicho claro (CSJ SL5159-2020, SL229-2025):

✔️ Garantiza seguridad jurídica
✔️ Evita pleitos interminables
✔️ Protege la confianza en la justicia
✔️ Permite la paz social

📣 Sin cosa juzgada, nadie tendría certeza de nada.

CONCLUSIÓN

🔒 La cosa juzgada:

·       Protege la estabilidad

·       Defiende la certeza jurídica

·       Evita juicios eternos

👉 La justicia no es infinita. Las decisiones tampoco.

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