🧲 INTRODUCCIÓN
¿Te dijeron alguna vez esto? 👇
“Sin calificación de pérdida de capacidad laboral
no hay pensión.”
Muchos trabajadores se rinden ahí.
Muchos abogados también.
📌 Pero la Corte Suprema de Justicia fue clara:
👉
el dictamen de pérdida de capacidad laboral NO es un requisito obligatorio
para reclamar la pensión de invalidez ante un juez.
Y esta confusión está costando tiempo, dinero y
derechos.
⚠️ El problema que duele (y se repite)
En Colombia, miles de personas con
enfermedades graves:
· ⏳ Esperan años una calificación.
· ❌ Se enfrentan a dictámenes incompletos o
tardíos.
· 😓 Creen que sin dictamen de alguna junta de calificación no pueden demandar.
👉 Resultado: derechos congelados
por un mito jurídico.
📚 ¿QUÉ DIJO REALMENTE LA
CORTE SUPREMA? (EXPLICADO FÁCIL)
La Corte Suprema de Justicia (CSJ
SL3008-2022, SL1958-2021, SL1063-2022, entre otras) aclaró algo clave:
🔍 La calificación
de pérdida de capacidad laboral tiene etapas, pero…
1️⃣ Calificación en primera oportunidad
La realizan EPS, ARL, Colpensiones o aseguradoras.
2️⃣ Calificación de instancia
La hacen las Juntas Regionales y Nacionales si hay inconformidad.
⚠️ Pero ojo con esto:
📌
Ese
trámite NO es un requisito previo obligatorio para acceder a la justicia.
⚖️ PUNTO JURÍDICO CLAVE (EN LENGUAJE SENCILLO)
👉 El dictamen:
· ❌ NO es una prueba solemne.
· ❌ NO condiciona el derecho a demandar.
· ✅ Es solo una prueba más,
que el juez puede valorar, discutir o incluso apartarse de ella.
📖 El juez laboral puede formar su
convicción con:
· Historias clínicas 🏥
· Peritazgos judiciales 👩⚕️
· Testimonios 👥
· Otros medios probatorios
✍️ EJEMPLO PRÁCTICO (VIDA REAL)
👨🔧 Carlos, 48 años:
· Enfermedad degenerativa.
· La EPS no calificó su PCL.
· La junta nunca respondió.
❌ Según el mito: “no puede demandar”.
✅ Según
la Corte: sí
puede acudir directamente al juez laboral y debatir la prueba
dentro del proceso.
🔔 CONCLUSIÓN
La Corte fue clara:
👉
la
pensión de invalidez no depende de un formulario ni de una junta,
sino del estado
real de salud y su impacto funcional, evaluado por un juez.
El verdadero riesgo no es demandar sin
dictamen.
El riesgo es no demandar nunca.
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