¿LA ENTIDAD SE DEMORÓ EN PAGAR TU PENSIÓN? PODRÍAS TENER DERECHO A INTERESES MORATORIOS (Y MUCHOS NO LO SABEN)”



Hugo Lascarro Polo

Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.

🧩 INTRODUCCIÓN

¿Alguna vez has esperado meses —o incluso años— para que una entidad te reconozca una pensión o te pague las mesadas atrasadas? 😤
Ese tiempo perdido no es gratis. La ley prevé una compensación: los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, un mecanismo pensado para reparar el daño causado por el retardo.

Pero aquí viene lo que casi nadie explica:
👉 No siempre proceden.
👉 No siempre la demora genera intereses.
👉 Hay excepciones importantes que pueden hacerte ganar… o perder millones.

Este artículo te lo traduce fácil, con ejemplos reales y claves prácticas.

📘 ¿QUÉ SON LOS INTERESES MORATORIOS?

Los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100/93 se activan cuando la entidad se demora en pagar una pensión o mesada, sin importar de qué tipo sea (vejez, invalidez, sobrevivientes).
Así lo ha reiterado la Corte Suprema desde 2003.

🎯 En pensión de sobrevivientes

Según la CSJ SL4309-2022, se generan después de dos meses de presentada la solicitud si la entidad no responde o no paga.

🔍 NATURALEZA JURÍDICA (SIN ENREDOS)

La Corte ha dicho que estos intereses son resarcitorios, no sancionatorios.
Traducción:
✔️ No castigan a la entidad,
✔️ compensan al ciudadano por el retraso injustificado.

Y proceden así la entidad haya actuado con buena fe o mala fe, siempre que haya retardo (CSJ SL7893-2015).

🚨 PERO OJO: NO SIEMPRE SE ORDENAN

La Corte ha creado cinco excepciones, donde NO procede condenar intereses, incluso existiendo demora.

1. Cuando la negativa inicial tenía soporte legal

Ejemplo: La entidad aplicó la norma vigente de manera estricta, sin forzar interpretaciones (SL704-2013).

2. Cuando el derecho se reconoce por cambio jurisprudencial

Ejemplo: Antes no tenía derecho, pero luego la Corte cambió su postura (SL787-2013).

3. Inaplicación del requisito de fidelidad

Casos donde el juez flexibiliza reglas en favor del afiliado (SL10637-2014).

4. Controversias jurídicas interpretativas

Ejemplo: El juez reconoce el derecho por “condición más beneficiosa” (SL12018-2016).

5. Conflicto real entre posibles beneficiarios

Ejemplo: Dos personas reclaman ser pareja permanente; mientras el juez decide, no se causan intereses (SL454-2021). Importante: debe ser conflicto real, no hipotético.

🧠 EJEMPLO CLARO PARA ENTENDERLO

María solicita pensión de sobrevivientes.
La entidad no responde en 5 meses.
👉 Regla general: hay intereses por el retardo.

Peeero…
Si al tiempo de la solicitud existía un conflicto real entre dos reclamantes (pareja y exesposa), entonces:
👉 No hay intereses, porque aplica la excepción jurisprudencial.

🧯 ¿QUÉ HACER SI ME PASA A MÍ?

📌 1. Revisa cuándo presentaste la solicitud

Guarda copia del radicado. Ese documento es oro.

📌 2. Verifica si pasaron más de 2 meses sin respuesta

Si es pensión de sobrevivientes: interés moratorio asegurado, salvo excepciones.

📌 3. Identifica si tu caso encaja en alguna de las cinco excepciones

Esto cambia la estrategia jurídica.

📌 4. Pide liquidación precisa de intereses

No aceptes cálculos genéricos. Los intereses mal liquidados pueden significar una pérdida significativa.

📌 5. Acude a un abogado laboralista y pensional

Muchos casos se pierden porque no se acredita bien el tiempo, el conflicto entre beneficiarios, o la fecha de mora.

🧰 RECOMENDACIONES PRÁCTICAS

✔️ Guarda todo: radicados, correos, PQRS, historia laboral.
✔️ Si la entidad responde fuera del término, documenta la fecha exacta.
✔️ Si hay controversia con otros beneficiarios, evalúa si el conflicto es real o forzado.
✔️ Solicita copia del expediente administrativo.
✔️ Si ya te reconocieron la pensión pero sin intereses: aún puedes reclamarlos judicialmente.

📝 CONCLUSIÓN

Los intereses moratorios son un derecho poco reclamado y que podría representar una suma considerable para los pensionados y sus familias. Sin embargo, la jurisprudencia ha establecido matices que pueden generar confusiones o decisiones injustas si no se manejan técnicamente.

📌 Entender cuándo proceden y cuándo no puede marcar la diferencia entre recibir lo justo… o perderlo para siempre.

Si tienes una pensión reconocida tardíamente o estás esperando una respuesta, puedo ayudarte a analizar si tienes derecho a intereses y a reclamarlos correctamente.
📩 Escríbeme si deseas una revisión jurídica detallada.


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