¿CINCO AÑOS PARA TENER PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE? EL CAMBIO QUE HOY DEJA A MUCHAS PAREJAS SIN PROTECCIÓN



Hugo Lascarro Polo

Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.

¿Viviste con tu pareja hasta el último día… pero no alcanzaron cinco años?
Hoy, eso puede dejarte sin pensión, aunque dependieras económicamente y fueras su familia real.

Y sí: el criterio cambió.

🎯 INTRODUCCIÓN

Durante años, muchas personas creyeron que bastaba con demostrar que eran pareja y convivían al momento de la muerte. La Corte Suprema dijo que sí…
pero ya no.

Desde finales de 2024, el requisito de los 5 años de convivencia volvió con fuerza, y hoy está dejando viudas y compañeros permanentes sin ingreso alguno.

⚖️ ¿QUÉ LEY SE APLICA PARA LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES?

La regla general es clara 👇

🕊️ La ley aplicable es la vigente al momento de la muerte del causante
(CSJ SL394-2021)

📌 En la práctica:

·       Fallecimientos entre 1994 y enero de 2003Ley 100 (original)

·       Fallecimientos desde el 29 de enero de 2003 hasta hoyLey 797 de 2003

👉 Aquí está el corazón del problema.

🧑‍🤝‍🧑 ¿LA CONVIVENCIA MÍNIMA SIEMPRE FUE OBLIGATORIA?

No siempre.

En CSJ SL5270-2021, la Corte sostuvo algo muy importante:

Cuando el fallecido no era pensionado,
NO era exigible acreditar 5 años de convivencia.

Bastaba demostrar:

·       Calidad de cónyuge o compañero(a)

·       Pertenencia al núcleo familiar

·       Convivencia vigente al momento de la muerte

🟢 Este criterio protegió a muchas personas entre 2021 y octubre de 2024.

🔄 EL GIRO JURISPRUDENCIAL QUE CAMBIÓ TODO

📅 30 y 31 de octubre de 2024
Sentencia SL3507-2024, reiterada en SL219-2025

La Corte cambió de postura y dijo:

⚖️ El requisito de 5 años de convivencia:

·       Aplica por igual

·       Tanto si el fallecido era afiliado como pensionado

·       En nombre del principio de igualdad

👉 Ya no importa el estatus del causante.
👉 Importa el tiempo de convivencia probado.

🚨 ¿QUÉ SIGNIFICA ESTO HOY?

📌 Regla actual:

Si una persona fallece y deja:

·       Esposa

·       Compañera permanente

👉 Ambas deben demostrar al menos 5 años de convivencia continua antes de la muerte.

❌ Si no lo logran, no hay pensión de sobrevivientes.

🧠 EJEMPLO REAL (QUE DUELE)

María convivió con su pareja durante 3 años.
Dependía económicamente de él.
Vivieron juntos hasta su fallecimiento.

📄 Presenta la solicitud…
Negada: no alcanzó los 5 años.

💬 “Pero éramos familia”
⚖️ Hoy, eso no basta.

CONCLUSIÓN

Hoy, amar y convivir no siempre es suficiente. La jurisprudencia exige tiempo, documentos y prueba sólida.

📌 Conocer el criterio vigente marca la diferencia entre obtener o perder una pensión.

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