馃挕 ¿LOS INCREMENTOS PENSIONALES POR PERSONA A CARGO SIGUEN VIGENTES? LO QUE DEBES SABER


Hugo Lascarro Polo

Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jur铆dico en redes sociales.

En Colombia, pocas cosas generan tanta confusi贸n como las reglas pensionales. 馃く Muchas personas pensionadas —o pr贸ximas a pensionarse— creen que al tener familia a su cargo (c贸nyuge, hijos, dependientes) tienen derecho a un aumento en la pensi贸n. Esa esperanza proviene de normas antiguas, pero la realidad hoy es distinta. Este art铆culo explica, con claridad y sin tecnicismos, si ese “beneficio familiar” sigue vigente o fue eliminado, qui茅nes lo pueden reclamar y qu茅 debe hacer quien a煤n cree tener derecho.

馃搫 ¿QU脡 ERAN LOS INCREMENTOS PENSIONALES POR PERSONAS A CARGO?

El Acuerdo 049 de 1990 —aprobado mediante el Decreto 758 de 1990— establec铆a que la pensi贸n de vejez o invalidez se pod铆a incrementar: 14 % por c贸nyuge o compa帽ero(a) a cargo; 7 % por cada hijo menor, estudiante o hijo inv谩lido dependiente.

Era un mecanismo con enfoque social: reconoc铆a que tener dependientes (familia) implicaba una mayor carga econ贸mica 馃彔 馃懆馃懇馃懅馃懄.

Esa prestaci贸n adicional no se calculaba sobre cualquier pensi贸n: se basaba sobre la pensi贸n m铆nima legal como referencia.

Durante muchos a帽os, ese incremento fue parte del sistema pensional, y muchos pensionados contaban con 茅l.

⚠️ ¿QU脡 PAS脫 CON LA LEY 100 DE 1993 Y LA JURISPRUDENCIA POSTERIOR?

馃攧 Derogaci贸n org谩nica y p茅rdida general del beneficio

Con la entrada en vigencia del Ley 100 de 1993 —que reform贸 todo el r茅gimen de pensiones— surgi贸 la duda sobre la continuidad del Acuerdo 049/Decreto 758. Finalmente, la jurisprudencia lo aclar贸:

La Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia SL2061-2021, concluy贸 que el art铆culo 21 del Decreto 758 de 1990 fue objeto de derogaci贸n org谩nica con la Ley 100 de 1993. En consecuencia, los incrementos por personas a cargo ya no forman parte del sistema pensional vigente.

¿Qu茅 significa esto en la pr谩ctica?

Si te pensionaste antes del 1 de enero de 1994 (es decir, con fundamento en el Acuerdo 049/Decreto 758) y cumpl铆as los requisitos de dependencia, s铆 ten铆as derecho al incremento —y ese derecho podr铆a mantenerse si se ven铆a pagando. Pero si tu pensi贸n fue reconocida despu茅s de la Ley 100, incluso si est谩s en r茅gimen de transici贸n, ese incremento no se reconoce.

Eso explica por qu茅 muchos abogados a煤n prometen “incrementos garantizados”, aunque la jurisprudencia actual niega su procedencia general.

馃挃 CR脥TICA: ¿QU脡 TAN JUSTO ES ELIMINARLO?

Eliminar este beneficio —sin una alternativa sustitutiva real— afecta a quienes m谩s lo necesitan: hogares con dependientes, personas mayores, familias vulnerables. En un pa铆s con profundas desigualdades, parecer铆a que el sistema pensional olvid贸 su prop贸sito social. La derogaci贸n del Acuerdo 049, sin compensaci贸n, dej贸 un vac铆o para muchos.

Y aunque algunos pensionados antiguos conservan el beneficio, otros quedan desprotegidos. Esa disparidad genera una injusticia estructural: dos pensionados con iguales cargas familiares reciben diferente trato, dependiendo de cu谩ndo se pensionaron.

馃攷 ¿QU脡 HACER SI CREES TENER DERECHO AL INCREMENTO?

Si consideras que puedes ser beneficiario del incremento por personas a cargo, sigue estos pasos:

·       馃搶 Verifica la fecha exacta de reconocimiento de tu pensi贸n.

·       馃搫 Solicita tu acto administrativo de pensi贸n y revisi贸n de la norma aplicada.

·       馃搨 Si tu pensi贸n fue reconocida antes de 1994 bajo Decreto 758/1990, revisa si el incremento se reconoci贸 y si a煤n se est谩 pagando.

·       ⚠️ Evita asesor铆as que prometan incrementos autom谩ticos sin revisar tu historia.

·       馃 Considera una asesor铆a legal especializada: ayuda a determinar con honestidad si hay derecho real o si la demanda ser铆a inviable.

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Como abogado especializado en derecho laboral y pensional, ofrezco:

·       Revisi贸n t茅cnica de tu historia laboral y acto de pensi贸n.

·       An谩lisis de viabilidad jur铆dica del incremento por personas a cargo.

·       Asesor铆a realista y transparente, sin falsas promesas.

·       Representaci贸n legal ante fondos pensionales o tribunales, en caso de que proceda.

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馃敋 CONCLUSI脫N

La historia de los incrementos pensionales por dependientes muestra c贸mo las normas pueden cambiar —y con ellas, los derechos. El beneficio existi贸, protegi贸 a muchas familias, pero con la Ley 100 de 1993 y la jurisprudencia actual fue derogado para la mayor铆a. Hoy, solo quienes se pensionaron antes de 1994 y cumplieron los requisitos conservaron ese derecho.

Si crees pertenecer a ese grupo, revisa con cuidado tus documentos. Si no, no te dejes enga帽ar por promesas f谩ciles. La clave es la informaci贸n, el an谩lisis serio y, si aplica, una asesor铆a legal honesta.

Si este art铆culo te ayud贸 a entender tu situaci贸n, ¡comp谩rtelo! Muchos pensionados a煤n esperan una explicaci贸n clara. 馃懃馃挰

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