LA JURISPRUDENCIA LABORAL EN BUCLE: CUANDO LA CORTE YA NO SORPRENDE



Hugo Lascarro Polo – Abogado laboralista

Seguridad SocialDerecho PensionalDerechos Humanos

Durante 2025 me leí cerca de 270 sentencias de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. No fue una cifra al azar ni un ejercicio académico: fue disciplina profesional. Sin embargo, terminé con una sensación incómoda. No de desacuerdo, sino de hastío intelectual. Cambiaban los nombres, los números de radicación y algunos giros de redacción, pero el contenido era prácticamente el mismo. La jurisprudencia cumplía su función de reiterar, sí, pero había dejado de enseñar. Y cuando la lectura de sentencias se vuelve predecible, algo profundo está ocurriendo en el derecho laboral.

Si uno revisa con cuidado las decisiones de 2025, encuentra siempre los mismos temas: pensión de sobrevivientes, pensión de invalidez, estabilidad laboral reforzada, ineficacia del traslado de régimen pensional y, como telón de fondo, llamados de atención por demandas de casación mal sustentadas. En casi todas, la Corte repite lo que ya había dicho antes —y muchas veces, lo que lleva años diciendo—.

Quien revise con algo de disciplina la jurisprudencia reciente de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia notará que el problema no es la falta de técnica, sino la monotonía temática.

Pongamos ejemplos claros.

Pensión de sobrevivientes: la novela de la convivencia

Aquí el debate estrella es —otra vez— la convivencia.
En la SL 1730 de 2020, la Corte anunció con solemnidad que cambiaba el criterio: cuando el causante era pensionadono se exigía convivencia.
Pero luego, como suele pasar en el derecho jurisprudencial colombiano, el criterio volvió a mutar.
En 2024, nuevo viraje: se exige convivencia tanto si el causante era afiliado como si era pensionado.
Traducción práctica: cambiamos el criterio… y luego lo volvimos a cambiar para decir prácticamente lo mismo, pero con otro párrafo introductorio.

Pensión de invalidez: el dictamen eterno

Aquí la discusión gira siempre alrededor del dictamen de pérdida de capacidad laboral:
— ¿Es prueba solemne?
— ¿No lo es?
— ¿Puede declararse la invalidez con otros medios probatorios distintos al dictamen de junta regional o médico laboral?

La respuesta, ya sabida, se repite con variaciones mínimas. La Corte vuelve una y otra vez sobre lo mismo, sin que el debate evolucione sustancialmente, pese a que el tema da para muchísimo más.

Estabilidad laboral reforzada: déjà vu jurisprudencial

Este punto ya raya en el cansancio profesional.
La Sala reproduce de forma sistemática lo dicho en la SL 1152 de 2023, como si fuera un texto canónico inmodificable.
No hay matices nuevos, no hay tensiones reales: hay reiteración.

Pensión convencional: “depende”

En materia de pensiones extralegales, la discusión central es si la edad señalada en la norma convencional corresponde a:
— la causación del derecho, o
— la exigibilidad del mismo.

¿Respuesta de la Corte?
La de siempre: depende de la redacción de la convención.
En algunos casos, la edad es exigibilidad; en otros, causación. Y así, sentencia tras sentencia, sin mayor desarrollo conceptual.

Ineficacia del traslado de régimen: copia y pega desde 2018

Aquí la Sala vive del precedente de 2018, reiterándolo mecánicamente.
Eso sí, con un detalle interesante: el “vainazo” elegante a la Corte Constitucional, al decir que no acoge el criterio de la SU-107 de 2024, y que mantiene su propia línea.
Choque de trenes institucional… pero el fondo del asunto sigue siendo el mismo de siempre.

Y el regaño ritual a los apoderados

Como cierre casi obligatorio, aparece el llamado de atención por no sustentar adecuadamente la demanda de casación.
Una constante que ya no sorprende a nadie y que también se repite como fórmula estándar.

No afirmo que eso esté mal. Todo lo contrario: la reiteración fortalece la seguridad jurídica y reduce la arbitrariedad. El problema aparece cuando ese bloque temático se vuelve casi exclusivo, como si el derecho laboral colombiano se agotara ahí. No porque no existan otros conflictos, sino porque esos son los únicos que, de manera sistemática, llegan a casación.

Pero aparece la inquietud incómoda:
👉 ¿De verdad esos son los únicos grandes problemas del derecho laboral colombiano que llegan a casación?
👉
 ¿O son los únicos que la Corte decide revisar?

Porque resulta, cuando menos, llamativo que en un país con informalidad estructural, nuevas formas de trabajo, tercerización sofisticada, plataformas digitales, conflictos colectivos debilitados, y una reforma laboral rondando el debate público, la casación laboral parezca atrapada en un bucle temático.

Si la Corte solo habla de ciertos temas, el litigio gira alrededor de ellos y otros problemas quedan invisibilizados. Pero el trabajador real no vive solo de pensiones futuras: vive hoy, en condiciones concretas, muchas veces precarias. Cuando esas realidades no llegan a la cúspide judicial, el derecho laboral pierde contacto con aquello que dice proteger.

La sensación no me es ajena. Me pasó exactamente lo mismo con la Corte Constitucional. Durante años la leí con devoción académica, hasta que entendí que muchas sentencias eran la reiteración casi mecánica de precedentes, con largos rodeos dogmáticos para llegar siempre al mismo puerto. Llegó un punto en que leerlas dejó de aportar valor formativo real.

Así que hoy estoy frente a un dilema profesional bastante honesto:
o vuelvo a los libros —sí, esos que uno compra menos a medida que litiga más (el último que compré fue hace tres años)—
o empiezo a leer otras jurisdicciones, otros tribunales, otros debates.

Leer jurisprudencia es necesario.
Pero leer siempre lo mismo, aunque venga con membrete de Alta Corte, también cansa.

📲 Únete al grupo de WhatsApp del blog

Recibe contenido jurídico actualizado, reflexiones prácticas y novedades en derecho laboral y seguridad social.

👉 Conocimiento útil, explicado sin enredos.


Comentarios