Hugo Lascarro Polo – Abogado laboralista
Seguridad Social – Derecho Pensional – Derechos Humanos
Durante 2025 me leí cerca de 270 sentencias de la Sala de Casación
Laboral de la Corte Suprema de Justicia. No fue una cifra al azar ni un
ejercicio académico: fue disciplina profesional. Sin embargo, terminé con una
sensación incómoda. No de desacuerdo, sino de hastío intelectual. Cambiaban los
nombres, los números de radicación y algunos giros de redacción, pero el
contenido era prácticamente el mismo. La jurisprudencia cumplía su función de
reiterar, sí, pero había dejado de enseñar. Y cuando la lectura de sentencias
se vuelve predecible, algo profundo está ocurriendo en el derecho laboral.
Si
uno revisa con cuidado las decisiones de 2025, encuentra siempre los mismos
temas: pensión de sobrevivientes, pensión de invalidez, estabilidad laboral
reforzada, ineficacia del traslado de régimen pensional y, como telón de fondo,
llamados de atención por demandas de casación mal sustentadas. En casi todas,
la Corte repite lo que ya había dicho antes —y muchas veces, lo que lleva años
diciendo—.
Quien revise con algo de disciplina la jurisprudencia reciente de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia notará que el problema no es la falta de técnica, sino la monotonía temática.
Pongamos ejemplos claros.
Pensión de sobrevivientes: la novela de la convivencia
Aquí el debate estrella es —otra vez— la convivencia.
En la SL 1730 de 2020, la Corte anunció con solemnidad que cambiaba el criterio: cuando el causante era pensionado, no se exigía convivencia.
Pero luego, como suele pasar en el derecho jurisprudencial colombiano, el criterio volvió a mutar.
En 2024, nuevo viraje: se exige convivencia tanto si el causante era afiliado como si era pensionado.
Traducción práctica: cambiamos el criterio… y luego lo volvimos a cambiar para decir prácticamente lo mismo, pero con otro párrafo introductorio.
Pensión de invalidez: el dictamen eterno
Aquí la discusión gira siempre alrededor del dictamen de pérdida de capacidad laboral:
— ¿Es prueba solemne?
— ¿No lo es?
— ¿Puede declararse la invalidez con otros medios probatorios distintos al dictamen de junta regional o médico laboral?
La respuesta, ya sabida, se repite con variaciones mínimas. La Corte vuelve una y otra vez sobre lo mismo, sin que el debate evolucione sustancialmente, pese a que el tema da para muchísimo más.
Estabilidad laboral reforzada: déjà vu jurisprudencial
Este punto ya raya en el cansancio profesional.
La Sala reproduce de forma sistemática lo dicho en la SL 1152 de 2023, como si fuera un texto canónico inmodificable.
No hay matices nuevos, no hay tensiones reales: hay reiteración.
Pensión convencional: “depende”
En materia de pensiones extralegales, la discusión central es si la edad señalada en la norma convencional corresponde a:
— la causación del derecho, o
— la exigibilidad del mismo.
¿Respuesta de la Corte?
La de siempre: depende de la redacción de la convención.
En algunos casos, la edad es exigibilidad; en otros, causación. Y así, sentencia tras sentencia, sin mayor desarrollo conceptual.
Ineficacia del traslado de régimen: copia y pega desde 2018
Aquí la Sala vive del precedente de 2018, reiterándolo mecánicamente.
Eso sí, con un detalle interesante: el “vainazo” elegante a la Corte Constitucional, al decir que no acoge el criterio de la SU-107 de 2024, y que mantiene su propia línea.
Choque de trenes institucional… pero el fondo del asunto sigue siendo el mismo de siempre.
Y el regaño ritual a los apoderados
Como cierre casi obligatorio, aparece el llamado de atención por no sustentar adecuadamente la demanda de casación.
Una constante que ya no sorprende a nadie y que también se repite como fórmula estándar.
No afirmo que eso esté mal. Todo lo
contrario: la reiteración fortalece la seguridad jurídica y reduce la
arbitrariedad. El problema aparece cuando ese bloque temático se
vuelve casi exclusivo, como si el derecho laboral colombiano se
agotara ahí. No porque no existan otros conflictos, sino porque esos son los
únicos que, de manera sistemática, llegan a casación.
Pero aparece la inquietud incómoda:
👉 ¿De verdad esos
son los únicos grandes problemas del derecho laboral colombiano que llegan a
casación?
👉 ¿O son los únicos
que la Corte decide revisar?
Porque resulta, cuando menos, llamativo que en un país con informalidad
estructural, nuevas formas de trabajo, tercerización sofisticada, plataformas
digitales, conflictos colectivos debilitados, y una reforma laboral rondando el
debate público, la casación laboral parezca atrapada en un bucle temático.
Si la Corte solo habla de ciertos temas, el litigio gira alrededor de
ellos y otros problemas quedan invisibilizados. Pero el trabajador real no vive
solo de pensiones futuras: vive hoy, en condiciones concretas, muchas veces
precarias. Cuando esas realidades no llegan a la cúspide judicial, el derecho laboral
pierde contacto con aquello que dice proteger.
La
sensación no me es ajena. Me pasó exactamente lo mismo con la Corte
Constitucional. Durante años la leí con devoción académica,
hasta que entendí que muchas sentencias eran la reiteración casi
mecánica de precedentes, con largos rodeos dogmáticos para
llegar siempre al mismo puerto. Llegó un punto en que leerlas dejó de aportar
valor formativo real.
Así que hoy estoy frente a un dilema
profesional bastante honesto:
o vuelvo
a los libros —sí, esos que uno compra menos a medida que litiga
más (el último que compré fue hace tres años)—
o empiezo
a leer otras jurisdicciones, otros tribunales, otros debates.
Leer jurisprudencia es necesario.
Pero leer siempre lo mismo, aunque venga con membrete de Alta Corte, también
cansa.
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