“NOVIEMBRE”: CUANDO LA FICCIÓN DESFIGURA LA MEMORIA — UN LÍMITE CONSTITUCIONAL A LA LIBERTAD ARTÍSTICA
La acción de tutela
interpuesta por la familia del magistrado Manuel Gaona Cruz (q.e.p.d.)
contra Burning S.A.S. y las coproductoras de la película “Noviembre”
representa un hito judicial en Colombia. La controversia no surge por la
representación del hecho histórico —la toma del Palacio de Justicia—, sino por
el uso del nombre y la imagen del magistrado, retratado como “cómplice y
pusilánime”, en abierta contradicción con los informes judiciales y de memoria
histórica que documentaron su secuestro y asesinato por el M-19.
La familia alegó
vulneración de los derechos fundamentales a la honra, buen nombre, intimidad
familiar, propia imagen, memoria histórica y verdad, en conexidad con la dignidad
humana y la presunción de inocencia post mortem.
El juez de tutela reconoció la
tensión entre la libertad artística
y el derecho a la memoria, pero
concluyó que la obra “Noviembre” había rebasado los límites constitucionales,
al reconstruir una “verdad alternativa” contraria a los hechos judicialmente
establecidos.
Por
eso, concedió el amparo y ordenó
medidas correctivas:
1. Incluir
un disclaimer visible que
advierta al público que la película es una “ficción
basada en hechos reales”;
2. Incorporar
la misma aclaración en piezas publicitarias y boletos;
3. Abstenerse
de entrevistas o promociones que sugieran que la representación tiene valor
histórico;
4. Eliminar
o modificar los diálogos que implican una imputación injuriosa, como aquel en
que se dice: “Ni usted, Gaona, que es uña y
mugre con estos terroristas.”
El
fallo recuerda que, si bien el arte no puede ser censurado preventivamente, pierde su amparo constitucional cuando se
convierte en vehículo de falsedad, degradación o re victimización.
En una democracia, el arte
tiene licencia para incomodar. Pero la libertad de creación no es absoluta:
encuentra límites en los derechos de las víctimas y en la protección de la
memoria como bien constitucional.
En palabras del juez: “la
obra afectó la honra, el buen nombre y la imagen del entonces magistrado Manuel
Gaona Cruz, al cambiar el sentido de hechos judicialmente demostrados y
presentarlos como si fueran inciertos o ficticios.”
El caso se asemeja a
debates internacionales sobre ficción biográfica y derechos post mortem,
donde se ha advertido que la representación artística de figuras históricas no
puede tergiversar hechos probados ni vulnerar la dignidad de las víctimas
(v. gr. Oliver Stone vs. Nixon, Netflix vs. Familia Versace).
La defensa de la productora
se basó en que “Noviembre” era una obra de ficción inspirada en hechos
reales. Pero aquí se produjo una confusión peligrosa:
📍 Se usó el nombre real de una víctima de lesa humanidad,
📍 Se alteró su carácter histórico,
📍 Y se presentó la narrativa sin advertir que era una interpretación
subjetiva.
Esto no es solo un dilema
artístico: es un problema de responsabilidad social del creador.
La ficción, cuando se basa en hechos trágicos de la historia nacional, no
puede reescribir la verdad judicial en nombre de la libertad creativa,
porque termina legitimando versiones falsas que perpetúan el dolor de las
víctimas.
El caso Gaona evidencia una
deuda del Estado colombiano: no existe una política pública clara sobre el
tratamiento audiovisual de la memoria histórica.
Urge que el Ministerio de Cultura, en articulación con la Unidad de
Búsqueda de la Verdad y el CNMH, expida una guía de buenas prácticas
éticas para producciones que aborden temas de conflicto armado, derechos
humanos o víctimas del Estado.
Esto no implica censura,
sino responsabilidad cultural: garantizar que la creación artística
dialogue con la verdad judicial y respete la dignidad de quienes vivieron —y
murieron— por defender la justicia.
El fallo sobre “Noviembre”
no censura el arte: le recuerda su responsabilidad. La memoria de un
magistrado asesinado no puede ser reinterpretada como ficción útil. En una
sociedad que aún busca sanar sus heridas, la creación debe servir a la
verdad, no a la distorsión de la historia.
La libertad de expresión
sin ética es solo ruido; la memoria sin verdad, es solo silencio.
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