Por Hugo Lascarro PoloAbogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.
Cuando una persona sufre
una enfermedad que con el tiempo le quita la capacidad para trabajar, surgen
dos preguntas claves:
- ¿Desde qué momento se determina el derecho a
la pensión de invalidez?
- ¿Hasta cuándo se pueden contar las semanas cotizadas al sistema pensional?
Normalmente, la ley indica que el derecho a la pensión
de invalidez se analiza con la norma
vigente en la fecha en que se estructura la invalidez, es decir,
cuando la persona llega al porcentaje de pérdida de capacidad laboral que la
califica como inválida.
Pero la Corte Suprema ha reconocido que las patologías crónicas, degenerativas o congénitas no siempre encajan en esa fórmula.
¿Por qué? Porque avanzan de manera lenta, y mientras la salud lo permite, la persona puede seguir trabajando y cotizando.
En la sentencia SL3275-2019, la Corte permitió que las
semanas se contabilicen en tres momentos
posibles:
·
La fecha
de la calificación de invalidez,
·
La fecha
de la solicitud de pensión, o
· La última cotización al sistema.
En otro fallo, SL5576-2021, la Corte aclaró que tener una enfermedad crónica no significa estar totalmente incapacitado para producir ingresos. Mientras la persona pueda trabajar y aportar a la seguridad social, esos aportes deben ser reconocidos, y el sistema pensional tiene el deber de proteger esa capacidad.
Este enfoque es justo. Reconoce el esfuerzo de
quienes, a pesar de una enfermedad que progresa, siguen contribuyendo y no se rinden.
Para trabajadores y familias, saberlo es fundamental: cada cotización cuenta hasta el último día que se pueda trabajar.

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