CONVENCIONES COLECTIVAS: ¿LOS BENEFICIOS TERMINAN CON EL CONTRATO LABORAL?


Por Hugo Lascarro Polo
Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.

Las Convenciones Colectivas de Trabajo son acuerdos entre sindicatos y empleadores cuyo propósito es regular las condiciones laborales (art. 467 CST). Estas convenciones no solo cumplen un papel de mejora salarial o prestacional, sino que también son un escenario de autonomía colectiva, donde las partes pueden pactar beneficios adicionales a los mínimos legales.

Ahora bien, ¿es posible que esos beneficios se mantengan después de que el trabajador se retira o se pensiona? La respuesta es .

En sentencia CSJ SL12148-2014, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que nada impide que, en ejercicio de la autonomía de la voluntad, las partes acuerden que ciertos beneficios extralegales continúen incluso después del retiro o de la pensión. Y más aún: estos pueden extenderse a la familia del trabajador (CSJ, SL170-2025).

El reconocimiento de que los beneficios convencionales puedan alcanzar a pensionados y sus familias se conecta con el derecho a la seguridad social (art. 48 C.P.) y con la garantía de condiciones dignas en la vejez. Además, refuerza los compromisos internacionales de Colombia en materia de trabajo decente, especialmente los Convenios de la OIT sobre negociación colectiva (C87 y C98).

Este criterio resalta la fuerza expansiva de la negociación colectiva: no se limita al tiempo activo de la relación laboral, sino que puede proyectar seguridad y estabilidad económica para el trabajador y sus allegados.

Las Convenciones Colectivas no son simples contratos: son verdaderos instrumentos de justicia laboral, que permiten a los sindicatos negociar condiciones que el legislador no alcanza a cubrir. Reconocer su alcance más allá del contrato es un paso hacia un trabajo más digno y una vejez más protegida.

En conclusión: La sentencia CSJ SL170-2025 reafirma el poder transformador de la negociación colectiva, no solo en el presente de la relación laboral, sino también en la protección del futuro de los trabajadores y sus familias. 

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