La nueva Reforma Laboral introduce reglas más
precisas para los contratos de trabajo a
término fijo.
Estos son los puntos clave que todo empleador y trabajador en Colombia debe
tener en cuenta:
1️⃣ Duración máxima y
forma escrita
·
El contrato puede pactarse por un plazo de hasta 4 años.
·
Debe
firmarse por escrito; si no se hace así, se presume a término indefinido desde el inicio.
2️⃣ Límites a las prórrogas
El contrato no se puede renovar de manera indefinida,
y la ley distingue dos tipos de prórrogas:
·
Prórroga
pactada:
o Si
el contrato inicial es por menos de 1 año,
se puede prorrogar las veces que se acuerde.
o Después de la cuarta prórroga, cada
renovación debe ser por al menos 1 año.
o En
todo caso, la suma total no puede superar
4 años.
·
Prórroga
automática:
o Si
ninguna de las partes avisa su intención de terminarlo 30 días antes del vencimiento, el contrato se renueva automáticamente por el mismo
plazo pactado o de su última prórroga.
o Para
contratos de menos de 1 año, la cuarta
renovación automática también debe ser de 1 año completo.
3️⃣ Contratos vigentes
Los contratos que ya existan se ajustarán a este nuevo límite: el conteo de los 4 años empieza a correr desde que la ley entre en vigencia.
💡
En resumen:
·
Es obligatorio firmar por escrito.
·
No hay espacio para “renovaciones eternas”.
·
Tras cuatro prórrogas, cada nueva debe ser de
mínimo un año, sin superar el tope de 4 años.
Estas medidas
buscan dar mayor estabilidad laboral
y evitar que los contratos a término fijo se usen como estrategia para evadir
la contratación indefinida.

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