Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Creador de contenido educativo jurídico en redes sociales.
En Colombia seguimos teniendo una deuda histórica con quienes
realizan labores domésticas. La Sentencia T-346 de 2025 de la
Corte Constitucional nos lo recuerda de forma contundente.
El caso es claro: Aura María Urrea trabajó más de
18 años en una casa de familia sin estar afiliada a pensiones ni recibir los
aportes a los que tenía derecho. Cuando fue despedida, acudió a la tutela para
que se protegiera su mínimo vital y su derecho a la seguridad social.
La Corte encontró que la empleadora incumplió su obligación de
afiliar y cotizar, pero no concedió de inmediato la pensión-sanción porque no se
reunían todos los requisitos legales. Aun así, ordenó algo muy importante: un pago mensual equivalente al
50 % del salario mínimo, mientras la justicia laboral decide en
definitiva. Una medida transitoria que garantiza que la trabajadora no quede
desprotegida.
¿Por qué este fallo es tan relevante? Porque reafirma tres
mensajes esenciales:
1. Igualdad
real: el trabajo doméstico debe tener las mismas garantías que
cualquier otro empleo.
2. Vulnerabilidad:
muchas de estas trabajadoras son mujeres de bajos recursos y con escasa
escolaridad. El Estado tiene la obligación de darles protección reforzada.
3. Responsabilidad
profesional: los abogados y consultorios jurídicos que asesoran a
personas vulnerables deben actuar con el máximo rigor. En este caso, la Corte
llamó la atención al consultorio que orientó a la señora Urrea por no verificar
datos básicos y dar conceptos sin sustento.
Como abogado laboralista veo en esta decisión un llamado urgente a
dignificar el trabajo en el
hogar y a ejercer la profesión con ética y compromiso. No basta
con conocer la norma: se trata de defender derechos humanos.
Las familias que contratan servicio doméstico deben entender que
no es una ayuda “informal”: es una relación laboral que exige afiliación a seguridad
social, pago de prestaciones y respeto. Y quienes brindamos
asesoría jurídica no podemos fallarles a quienes menos recursos tienen.
La Corte nos recuerda que la justicia social empieza en lo
cotidiano: en la casa, en la oficina, en cada relación laboral. Cumplir la ley
no es un favor; es la base de una sociedad decente.
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